El 28 de abril el Ministerio de Ambiente promulgó dos resoluciones (271 y 272) relacionadas con la reducción de generación de residuos plásticos.
La 271 subraya que la Ley 17.849 sobre uso de envases no retornables (2004) y su reglamentación (2007) buscaban prevenir la generación de residuos de envases. Para eso establecieron un régimen de extensión “de la responsabilidad del fabricante o importador de productos envasados con destino al mercado nacional, a través de la obligación de contar con planes de gestión de residuos de envases y de envases usados”. Por lo tanto, en la resolución la cartera estableció “objetivos mínimos de recuperación y valorización de envases posconsumo no retornables, a los efectos de incrementar los niveles de valorización de esos residuos, disminuyendo su disposición final y potenciando el desarrollo de productos en base a materiales reciclados y el consumo responsable y sostenible”. Para eso, se plantea un objetivo al 31 de diciembre de 2023: “Alcanzar el 30% de valorización en peso global de materiales, con una valorización mínima del 20% por material”.